El Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre, introduce modificaciones en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), mediante el que distintas remuneraciones como pluses de transporte, cheques restaurante, planes de pensiones o dietas por viajes dejan de estar exentas total o parcialmente de cotización.
De esta forma las retribuciones que pasan a cotizar son:
• Cheques/tickets restaurante: antes se encontraban exentos hasta 9 euros por día efectivo de trabajo y ahora pasa a cotizar el importe íntegro.
• Cheques para guardería y ayuda escolar para hijos: pasa de estar exento a cotizar el importe completo.
• Seguro médico privado: de estar exentos en su totalidad, ahora habrá que pagar por la cantidad que exceda de 500 euros anuales.
• Primas de responsabilidad civil: hasta ahora estaban exentas, pasan a cotizar totalmente.
• Seguro de accidente laboral y seguro de vida: ahora cotiza su importe íntegro mientras que antes estaban exentos totalmente.
• Plus de transporte: su importe total se integrará de forma automática en la base de cotización, mientras que anteriormente se encontraba exento hasta una cantidad máxima del 20% del IPREM (106’50 euros mensuales en el año 2013).
• Entrega de acciones y/o participaciones al empleado: anteriormente, las empresas podían entregar acciones o participaciones de la empresa a sus empleados de forma gratuita o por importe inferior al mercado hasta 12.000 euros anuales sin cotizar. Actualmente, cotiza por su importe íntegro.
• Planes de pensiones privados: todas las aportaciones tendrán que integrarse a la base de cotización general de los trabajadores, mientras que antes se encontraban exentos en su totalidad.
• Dietas por viajes: en el pasado estaban exentas las que se producían en el mismo municipio del domicilio de la empresa o del empleado. Actualmente, las dietas producidas en el mismo municipio también están sujetas a cotización.
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