¿Sabías que recibirás la multa si te sancionan circulando por una carretera europea?

Cuando circulamos por territorio español somos conscientes de que podemos ser sancionados si cometemos alguna infracción al volante. Pero ¿qué ocurre cuando conducimos por el extranjero? Cada vez más personas utilizan el coche, ya sea alquilado o propio, para viajar por el extranjero, sobre todo por Europa, por lo que estamos expuestos a incurrir en cualquier tipo de infracción, incluso por puro desconocimiento.

Con el objetivo de evitar la impunidad ante las infracciones cometidas en países europeos, la Unión Europea impulsó una normativa para mejorar el intercambio de datos entre países para que las multas llegasen al destino final. De este modo, el pasado 2 de marzo el Consejo de Europa dio luz verde al intercambio de datos sobre delitos de tráfico entre países, regulando el cobro de las multas por infracciones cometidas en carreteras extranjeras.

La normativa entrará en vigor este año, a excepción de Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, países que tendrán hasta 2017 como plazo. Esta reforma fue aprobada el pasado 11 de febrero, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europa anulara en mayo la norma vigente por un defecto jurídico.

Uno de los objetivos de la normativa es “garantizar un elevado nivel de protección para todos los usuarios de la red viaria en la Unión, al facilitar el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial que se cometan con un vehículo matriculado en un Estado miembro distinto de aquel en que se cometió la infracción”, según apunta la propia Directiva.

Esta norma establece una mejora en el intercambio de información con respecto a ocho infracciones en la carretera: exceso de velocidad, no utilizar el cinturón de seguridad, conducir bajo los efectos del alcohol y de las drogas, no detenerse ante un semáforo en rojo, circular por un carril prohibido o circulación indebida por el arcén, no usar casco y utilizar de forma ilegal un teléfono móvil u otro dispositivo de comunicación durante la conducción.

Por todo ello, hay que tener en cuenta que si viajamos al extranjero por carretera hoy en día recibiremos las multas al igual que lo harán los europeos que circulen por España y cometan alguna infracción al volante, por lo que es conveniente conocer la legislación concreta de cada país.

La Dirección General de Tráfico recomienda informarse a través de la página web de la Comisión Europea, en la que se pueden consultar las normas vigentes en distintos países europeos. Nos será de gran ayuda si queremos viajar por nuestros países vecinos bien informados.

Foto | Neticola en Flickr  

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