Sobre la renovación del permiso de conducción de la UE

Desde el 29 de diciembre de 2014 es obligatorio para los residentes comunitarios con dos años o más de residencia en España renovar el permiso de conducción de la UE, siempre y cuando el mismo tenga vigencia indefinida o superior a 15 años.

El 19 de enero de 2015 es la fecha desde la que deberá realizarse la renovación y la medida afecta a los residentes comunitarios con residencia legal en España obtenida el 19 de enero de 2013 o anterior a esta fecha y que sean titulares de un permiso de conducción comunitario indefinido o con un plazo de vigencia superior a 15 años para permisos del Grupo 1 (AM, A1, A2, A, B y BE) o un plazo superior a 5 años para permisos del Grupo 2 (BTP, C1, C1E, C, CE D1, D1E, D, DE).

También deberán renovarlo aquellos residentes legales titulares de permisos comunitarios que tengan su permiso caducado o próximo a caducar.

Autor | Departamento de Gestión de Sanciones de Europ Assistance

Foto | Tom Hall en Flickr

Deja un comentario